
Justicia absuelve a Claudio Crespo: el excarabinero acusado de dejar ciego al diputado Gustavo Gatica
Por Johnny Ahumada Sepúlveda
Tras más de cinco años en tribunales, el caso de Gustavo Gatica llegó a su fin este martes, luego de que el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago absolviera al exteniente coronel de Carabinero Claudio Crespo.
El tribunal desestimó los cargos contra Crespo por apremios ilegítimos con resultados de lesiones gravísimas, el delito por el cual el ex carabinero arriesgaba hasta 12 años de cárcel.
Los jueces destacaron que no existe un registro que muestre a Crespo disparando, en el tribunal se llegó a la conclusión de que el disparo que dejó ciego a Gustavo Gatica si fue percutado por la escopeta del excarabinero. Es por esto que los magistrados enfatizaron que el reglamento no establece una regulación respecto a la forma en que debe efectuarse el disparo, considerando el direccionamiento y la distancia.
Se hizo presente la Ley Nain Retamal, promulgada por el presidente Gabriel Boric en abril de 2023, que apunta a la legitima defensa privilegiada por parte de los efectivos de Fuerzas de Orden y Seguridad.
La jueza Cristina Cabello, presidenta del Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, declaró que la conducta de Claudio Crespo, que derivó en las lesiones sufridas por Gustavo Gatica, se encuentra amparada en la legítima defensa ante una agresión ilegítima, actual y potencialmente lesiva en el contexto del cumplimiento del deber constitucional y legal del orden público, por lo que no es posible atribuirle participación como autor del delito de apremios ilegítimos.
A la audiencia también acudieron el diputado y excandidato presidencial del Partido Nacional Libertario, Johannes Kaiser, junto a la diputada y senadora electa Camila Flores, para brindarle su respaldo a Crespo, en uno de los episodios más emblemáticos de traumas oculares durante el estallido social.
Recordemos que, el 8 de noviembre de 2019, en el contexto del estallido social, Crespo realizaba labores de control en orden público en la calle Carabineros de Chile, entre Avenida Vicuña Mackenna y Ramón Corvalán, cerca de Plaza Baquedano. En aquella instancia, en Avenida Vicuña Mackenna, a unos metros de calle Carabineros de Chile, los manifestantes instalaron barricadas, además lanzaban objetos contundentes y bombas molotov. Según la jueza Cristina Cabello, Carabineros debieron dar un paso atrás por el violento actuar de los protestantes.
En esa instancia, la víctima recibió dos impactos de perdigones en sus ojos, lo que le provocó la pérdida de su visión.
La jueza acusó a Gustavo Gatica que se sumó a los manifestantes y que se había robado una jaula en el lugar con la que supuestamente se encontraban agrediendo a Carabineros lanzando objetos contundentes. Ante lo cual, Crespo y el resto de los funcionaron siguieron la orden de avance y accionaron las escopetas “sin utilizar un vehículo lanzaguas y ni haber hecho las advertencias previas”.
Aunque el magistrado acusó que Claudio Crespo disparó «abusando de su cargo con la intención de castigar al tercio superior del cuerpo de los manifestantes, desde una distancia de 21,4 metros e hiriendo a Gustavo Gatica a 24,5 metros», el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, presidido por la jueza Cristina Cabello, absolvió al carabinero al reconocerle legítima defensa ante una «agresión ilegítima» con estructuras metálicas, bombas molotov y fuegos artificiales contra los funcionarios, determinando que actuó cumpliendo órdenes superiores y que la víctima portaba una piedra lista para lanzar; el tribunal enfatizó que se debe otorgar «discrecionalidad» al funcionario, quien «no tiene facultad para calcular distancias», aunque el tiro ideal debe dirigirse al tercio inferior, concluyendo que «no es posible atribuirle participación como autor de apremios ilegítimos» y que «el uso de la escopeta antidisturbios constituyó el medio racionalmente necesario».
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