El hijo concebido
Nelson Retamales Tirado
Sin buscar aplausos ni dedos hacia arriba, ni siquiera un “me gusta”, vuelvo con un tema que, para mí y los creyentes, es básico, es valórico: La vida.
Nuestro derecho le da, a la persona, existencia legal al momento de nacer, esto es, al separarse completamente de su madre y “haber sobrevivido… un momento siquiera”, si no, se reputará no haber existido jamás, pero en tal caso, la norma habla de perecer antes de estar completamente separado o no haber sobrevivido a dicha separación, que son hechos naturales, por ello, a renglón seguido, señala que la ley protege la vida del que está por nacer.
Para los creyentes, el nonato es una vida en formación, más bien, en perfeccionamiento, preparándose para enfrentar el mundo.
El hecho que la ley no reconozca al no nacido, como persona, pero si le da derechos de protección, se opone absolutamente al aborto, que es producido con premeditación, por mano humana y, desde luego, es un crimen y de los más horrendos que puedan existir, pues, se comete en contra de un ser que no tiene ninguna capacidad de defenderse y lo ejecutan los mismos que desfilan contra el atropello a los derechos humanos y contra los genocidas y crueles dictadores, pero del otro bando, porque los asesinados por las llamadas fuerzas populares, están bien muertos, para ellos. Dos caras.
En España la comunidad autónoma es una división administrativa nacida en la Constitución de 1978 para garantizar una autonomía limitada a las nacionalidades y regiones, con la facultad de darse un autogobierno dentro de los límites constitucionales y legales -de los que quiso escapar e independizarse Cataluña, capital Barcelona- de modo que pueden, en algunos aspectos, dictar algunas normas, digámoslo, locales.
La Comunidad Autónoma de Marid dictó -y aquí enlazamos con el tema- dentro de sus facultades, una norma denominada, “LEY DEL CONCEBIDO NO NACIDO” cuya importancia es tremenda para quienes creemos en la vida antes el nacimiento, lo mismo que para nuestro Código Civil, pero éste, supeditado al nacimiento pues si se produce, se entendió protegido y si no, que no existió jamás.
La ley del concebido no nacido es una norma que regirá en Madrid, como comunidad autónoma, reconoce al embrión como un miembro más de la familia para efectos administrativos y, por tanto, es objeto de beneficios y derechos.
Así, lo que una mujer grávida lleva en su vientre, es una persona con derechos y, atentar en su contra, será simplemente, cometer un homicidio y quien lo comete, es pues, un asesino y debe ser juzgado bajo la ley penal.
Hay un naciente movimiento para hacer de esa norma, una ley general para toda la Nación española e, incluso, algunos abogan por una ley más valiente y, más humana, que evite posibles fraudes, recordando aquello que, hecha la ley, hecha la trampa.
Si ellos pueden, ¿por qué no hacer el intento en Chile, tal y como se está haciendo con el lenguaje inclusivo? Obvio, habrá oposición, pero en esto, también serán minoría.
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