Derecho administrativo
Nelson Retamales Tirado
Como ayudante de la asignatura de derecho administrativo, en los cuatro niveles de la carrera de Ciencias Políticas y Administrativas -hoy Administración Pública-, en la U. de Chile, tuve la ocasión de aprender bastante sobre el tema y cuando apareció esa figura rara de la confianza legítima, fui uno de los que escribí en contra porque, para mí, constituía un error jurídico-administrativo que había creado -sin tener las facultades para ello- un ex Contralor.
Claramente era un error que nadie supo o quiso -porque de poder, podían- hacer presente, tal vez, por no contrariar a tan alta autoridad, pero desde esta humilde tribuna, de carácter provincial, aunque centenaria, me permití escribir en contra, aunque no tuvo mayor impacto, pero están las columnas con mi opinión escrita y verificable hasta hoy.
Siempre señalé que la transitoriedad del cargo a contrata está en la ley, en una ley expresa que señala que el contrato es un acto esencialmente transitorio, por tanto, no puede ni debe generar lazo alguno entre contratado e institución contratante y, de repente, llega el señor Contralor Bermúdez y establece una doctrina que todos aceptaron, incluso administrativistas de categoría y nadie dijo nada y si lo dijeron, no se escuchó.
La doctrina era absolutamente inapropiada, ilegal y hasta inconstitucional porque la ley no le otorga esa facultad a un Contralor ni a autoridad alguna, porque nadie puede, por sí y ante sí, modificar una norma pública ley como es el estatuto administrativo.
Un funcionario de Talca recurrió de Protección reclamando que le respetaran la confianza legítima luego de estar, en un municipio, diez años con sucesivas renovaciones.
La Corte Apelaciones del Maule, rechazó el recurso y dijo claramente lo que antes debieron haber dicho todos los tribunales, porque la ley es una sola. No procede que un contratado pretenda obtener derechos de la nada, de algo que no existe.
El fallo, muy profundo, subió a la Corte Suprema y el máximo órgano judicial del país, por la unanimidad de sus cinco ministros, ratificó el fallo de Talca, volviendo con esto a la normalidad de la nunca debimos haber salido, pero hay gente -a veces muy preparada- que le gusta hacer cosas a la chilena y eso no corresponde en un Estado de Derecho.
Menos mal, que asumió una Contralora que sabe, que no fue a pasearse a la universidad y que tiene fortaleza jurídica y suficiente fuerza institucional para poner las cosas en orden, cuestión que fue escuchada, ahora, por el Poder Judicial.
Me alegro tremendamente por las autoridades municipales que llegan a asumir un cargo y se ven con las manos amarradas porque tienen funcionarios que, no siendo competentes, fueron dejados ahí por compromisos políticos, y hasta ahora los tenían que mantener, sin hacer nada, pero cobrando sueldo, cuestión que desde ya podrán resolver, con estricta aplicación de la ley.
Termino con una frase del fallo que encuentro extraordinaria: “La contrata es incompatible con cualquier pretensión de estabilidad.”
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