
5 años de presidio para acusados que golpearon a menor de edad para robar su teléfono celular
En el TOP de Melipilla se realizó la audiencia de juicio oral donde se entregó condenas para tres imputados por delitos de robo con violencia, microtráfico y tenencia de arma.
El ente persecutor expuso que el día 1 de octubre de 2024, alrededor de las 21:48 horas, la víctima menor de edad, de 17 años, caminaba por calle Libertad con pasaje Lilium en la comuna de Melipilla, lugar donde es interceptado por los acusados José P.G. y Percy L.L. donde lo intimidan con un arma blanca, comenzando un forcejeo entre los tres y al oponer resistencia la víctima, P.L.L. lo golpea con su puño la nariz, fracturándosela, parar luego ambos acusados sustraer el teléfono celular marca iPhone. Debido a la acción de los acusados la víctima resultó con una lesión de carácter grave, consistente en fractura de tabique nasal.
Luego, el día 2 de octubre de 2024, alrededor de las 11:00 horas, personal policial concurre a un domicilio ubicado en el sector poniente, lugar donde de acuerdo al GPS del teléfono móvil sustraído se encontraba éste. En dicho inmueble se ingresa previa autorización voluntaria del morador, donde los dos imputados, como también el acusado Martín C.A. mantenían 157 frascos de jarabe Deucotox, 1 bolsa de nylon contenedora de clorhidrato de cocaína, con un peso bruto de 93 gramos.
Además, se encontró un arma de fuego tipo pistola, marca famae, calibre 6.35, había 2 pesas digitales, el teléfono celular sustraído a la víctima menor de edad. El arma de fuego ya señalada, la cual había sido robada el 14 de abril del año 2024 en la comuna de Melipilla.
El Tribunal dictaminó que se condena a Percy L.L. a sufrir la pena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, como autor de un delito consumado de robo con violencia. Que, atendida la extensión de la pena impuesta al sentenciado deberá cumplir real y efectivamente la pena corporal.
Se condena a Martin C.A. a la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, como autor de un delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas. Que, reuniéndose en este caso los requisitos de la Ley, se sustituye al sentenciado el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuesta por la pena de libertad vigilada intensiva.
Se condena a José P.G. a sufrir la pena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, como autor de un delito consumado de robo con violencia. A sufrir la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, como autor de un delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas. Se le condena a la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, como autor de un delito consumado de tenencia ilegal de arma de fuego, penas que deberá cumplir de forma efectiva.
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