

Libertad vigilada intensiva para sujeto que comercializaba cannabis en estado liquido
En el Tribunal de Garantía de Talagante se realizó la audiencia de procedimiento abreviado donde se expuso que el día 27 de febrero de 2025 un funcionario policial facultado a actuar como agente revelador, al realizar una búsqueda en redes sociales, específicamente en Facebook en su apartado de ventas de artículos “Marketplace” para la comuna de Isla de Maipo, se encontró el nombre de usuario “UNSUPEER DROGADOO” quien ofrecía para la venta un producto catalogado como “Clear”, que corresponde a dispositivos tipo cartuchos que se insertan en los cigarrillos electrónicos con un líquido concentrado extraído de la cannabis.
Desde dicha fecha el mismo funcionario policial realizó diversos contactos para coordinar la compra de dichos dispositivos prohibidos, siendo informado por el usuario oferente que el valor de venta se diferenciaba al por menor o al por mayor, entendiéndose venta al por mayor una cantidad superior a los 50 cartuchos.
En forma paralela se realizó una búsqueda de la información asociada al perfil donde se pudo identificar su perfil en Instagram asociado al imputado F.E.L. Posteriormente el día 4 de marzo, el funcionario policial AR y el imputado antes señalado coordinaron reunirse para hacer efectiva la compraventa de un total de 85 cartuchos de Clear, la que debía realizarse en la Avenida Balmaceda de la comuna de Isla de Maipo, lugar donde se encuentra un supermercado Líder.
A las 20.20 horas el imputado llega a dicho lugar portando una bolsa de nylon de color negro, siendo sorprendido en poder de las siguientes evidencias: 84 cartuchos, contendores de cannabis en estado líquido. Luego con una orden de entrada y registro llegaron a su inmueble en la Villa Aires del Maipo.
En el inmueble encontraron 26 cartuchos contenedores de cannabis en estado líquido, 3 vaporizadores sellados. $385.000 de dinero en efectivo. Finalmente, el total de la cannabis en estado líquido incautada corresponde a un total de 21.600 dosis.
La magistrado dictaminó que se condena a F.R.L. en calidad autor, consumado, de tráfico ilícito de drogas, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado medio. Qué reuniéndose los requisitos de la ley, se sustituye la pena por la libertad vigilada intensiva.
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