
Condenan a hombre por microtráfico al interior de la cárcel de Talagante
El Tribunal Oral en lo Penal de Talagante condenó a Raúl B.O. a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor de un delito de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de drogas o sustancias estupefacientes, en grado consumado.
De acuerdo con los antecedentes expuestos en la acusación del Ministerio Público, los hechos ocurrieron el 4 de julio de 2024, alrededor de las 11:30 horas, cuando el acusado se encontraba privado de libertad en la cárcel de Talagante, ubicada en Manuel Rodríguez 322, cumpliendo prisión por otra causa.
Según la acusación, el imputado fue sorprendido en posesión de 106,3 gramos brutos de cannabis sativa, sustancia que mantenía distribuida en 12 envoltorios de nylon transparente, los que se encontraban al interior de una mochila.
Durante el juicio, el imputado renunció a su derecho a guardar silencio y entregó su versión de los hechos. Sostuvo que fue obligado y amenazado por otros internos para recibir a una persona que ingresó con la droga, debiendo incluso cancelar la visita de su madre.
Afirmó que un funcionario de Gendarmería presenció el momento en que recibió el bulto y que posteriormente entregó la sustancia al personal penitenciario. También declaró que fue agredido por otros internos tras perder la droga y que posteriormente fue trasladado de recinto.
Pese a estos argumentos, el Tribunal determinó su responsabilidad penal por el delito acusado y estableció una pena de tres años y un día de presidio efectivo.
El Tribunal resolvió que el condenado deberá cumplir la pena de manera efectiva, al estimar que no reúne los requisitos establecidos en la Ley para acceder a penas sustitutivas.
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