
Reclusión nocturna para sujeto que se tomó 10 cervezas y fue sorprendido manejando un furgón
En el TOP de Melipilla se realizó el juicio oral donde el ente persecutor fundó la acusación, expresando que el día 22 de abril del año 2023, a las 21:30 horas aproximadamente, en la vía pública, específicamente en calle Silva Chávez con intersección calle Fleck en la comuna de Melipilla, el acusado Juan P.S. conducía en estado ebriedad y sin contar con la licencia profesional requerida por la Ley para dicha conducción, el minibus marca Hyundai, modelo Grace, con capacidad de 12 asientos.
Además, conducía encontrándose vigente la suspensión de su licencia de conducir, dictada en causa del año 2021 por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Melipilla. El examen de alcoholemia practicado al acusado, arrojó que este último presentaba 1.68 gramos de alcohol en la sangre, al momento de desempeñar la conducción del vehículo, conforme el informe emitido por el Servicio Médico Legal.
En la oportunidad, previamente advertido el acusado, renunció a su derecho a guardar silencio y exhortado, a decir la verdad, manifestó que el 22 de abril de 2023, a las 21.30 horas, venía tomando en el vehículo, se tomó como 10 cervezas y venía de donde un amigo e iba a buscar a un primo a Melipilla y en calle Silva Chávez lo detuvieron los carabineros que le dijeron que los acompañara para ir al hospital a hacer la alcoholemia y de ahí quedó detenido.
El Tribunal dictaminó que se condena a Juan P.S. a las siguientes penas: 541 de presidio menor en su grado medio, como autor de un delito consumado de conducción en estado de ebriedad con licencia de conducir suspendida. 61 de presidio menor en su grado mínimo, en calidad de autor de un delito consumado de conducción de vehículo sin haber obtenido la licencia requerida. Que, cumpliéndose los requisitos establecidos en los artículos de la Ley, se concede al sentenciado Juan P.S. la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna por el término de seiscientos dos días, debiendo el sentenciado mantenerse en su domicilio entre las 22:00 horas y las 06:00 horas del día siguiente.
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